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Durante los últimos años, la libertad de expresión ha sido uno de los principales temas a debate en el mundo.

De acuerdo con la organización Reporteros sin Fronteras, durante este año han sido asesinados 30 periodistas y han sido encarcelados 346 en el mundo, por hacer su trabajo.

Sin embargo, además de la cárcel y el asesinato, los periodistas son víctimas de otros delitos como: la tortura, el secuestro, el acoso y las amenazas.

En México, durante el primer trimestre del año, fueron asesinados 3 periodistas, se cometieron 134 agresiones contra ellos, de acuerdo con el informe de Artículo 19.

La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO) señala que las mujeres periodistas se ven expuestas aún más a estos delitos.

Por esto, la UNESCO visibiliza las cifras y enfatiza que la impunidad puede dañar “a la sociedad en su conjunto al encubrir graves abusos de los derechos humanos, corrupción y otros crímenes”.*

¿Cómo se protege a los periodistas en México?

En nuestro país existe la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas, que tiene por objeto garantizar la vida, la libertad, la seguridad y la libertad de expresión de los defensores de derechos humanos y periodistas, así como de sus familiares.

Para garantizar el cumplimiento de esta ley, se creó un mecanismo integrado por la Junta de Gobierno, conformada por la Secretaría de Gobernación, la Fiscalía General de la República, la Secretaría de Seguridad Pública, la Secretaría de Relaciones Exteriores y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

La Junta de Gobierno deberá tener sesiones cada mes, a las cuales debe invitar a representantes de: la Oficina en México del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, la Conferencia Nacional de Gobernadores, el Poder Judicial de la Federación, las comisiones de Derechos Humanos del Senado y de la Cámara de Diputados.

El artículo 26 de esta ley establece que cuando el periodista declare que su vida está en peligro, se considerará un caso de riesgo alto y se iniciarán las medidas urgentes de protección.

Medidas urgentes de protección para periodistas

  • Evacuación
  • Reubicación temporal
  • Escoltas
  • Protección de inmuebles
  • Entrega de equipo de comunicación
  • Instalación de cámaras en casas
  • Chalecos antibalas
  • Autos blindados
  • Cursos de autoprotección

El artículo 64 establece que todos los informes de este mecanismo son de carácter público.